SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2018-S1

Fecha: 09-Nov-2018

II.1.

II.1.    Por proveído de 20 de noviembre de 2015, la Jueza de primera instancia en el otrosí primero, reguló el honorario profesional de primera instancia en el 10% del monto liquidado y de acuerdo al Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales del Ilustre Colegio de Abogados de Cochabamba (ICAC), en la suma de Bs109 460,92 (ciento nueve mil, cuatrocientos sesenta 92/100) notificado el 27 de noviembre de 2015 a MANACO S.A. mediante copia de ley fijada en el tablero del juzgado (fs. 14 a 15).