SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2018-S2

Fecha: 08-Nov-2018

la administración y uso de los antecedentes penales

En razón a ello, la administración y uso de los antecedentes penales, que son datos personales asociados a que una persona fue condenada por la comisión de un delito, en un proceso penal que cuenta con sentencia condenatoria ejecutoriada, corresponde al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) dependiente del Consejo de la Magistratura, que conforme al art. 440 del CPP, concordante con el art. 3 del Reglamento Nacional de Registro Judicial de Antecedentes Penales      -aprobado por Acuerdo 073/2016-, se constituye en una entidad que tiene a su cargo el registro centralizado de las sentencias condenatorias ejecutoriadas, de las que declaren la rebeldía y de las que suspendan condicionalmente el proceso.