Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2018-S4
Fecha: 26-Nov-2018
II.5.
II.5. Mediante memorial de 7 de febrero de 2017, Aquiles Menacho Quezada y Cristina Sejas Rivero, plantearon ante el Juez de la causa, incidente de nulidad de obrados, por los siguientes motivos: a) No se tomó en cuenta en la demanda ejecutiva a la segunda de los nombrados, pese a que contaba con la calidad de garante hipotecaria del bien dado en garantía al igual que su esposo; y, b) En cuanto a Aquiles Menacho Quezada, por haber sido citado por edictos de prensa, cuando tenía domicilio real, mismo que se encontraba en el inmueble que fue dado en garantía (fs. 330 a 335 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción.
- a)
- 1)
- i)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- Fragmento 7
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.1. La fuerza vinculante de las Sentencias Constitucionales
- III.2.
- III.3. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- Este precedente
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR en parte,