PLURINACIONAL 0860/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0860/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

d)

d)    En alusión al numeral 2 del art. 235 del mismo cuerpo legal, resulta que cuando la norma establece peligro de obstaculización, se entiende a toda circunstancia que permita sostener que el imputado influya negativamente sobre los testigos, participes o peritos a objeto de que informen falsamente o se comporten de manera reticente; bajo ese aspecto, en la audiencia de apelación el recurrente no estableció la no concurrencia de este riesgo procesal; y asimismo, por las circunstancias del hecho acontecido, faltando aun la identificación de otras personas que con probabilidad hubieran vendido o comprado las sustancias controladas que están inmersas en el suministro de dichas sustancias, el citado riesgo se mantiene vigente “con duda”.