SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2018-S3

Fecha: 04-Dic-2018

2)

2)  El “Ente Fiscal” se limitó a establecer que los datos del Sistema VELIVA no coinciden con la mercancía aforada respecto a la clase, motor, combustible, tracción, puertas y color del vehículo, sin embargo resulta razonable el cambio de motor debido al desgaste, siendo este aspecto supeditado al control municipal, organismo operativo y tránsito, y Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH); Asimismo, la modificación de características de acuerdo al uso que se le da, fueron posteriores a la internación del vehículo a territorio nacional.

Ahora bien, de la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, el derecho de fundamentación y motivación de las resoluciones debe ser entendido como la obligación de explicar las razones de la decisión asumida, citando los fundamentos en los que se sustenta la misma y el valor otorgado a los medios de prueba, debiendo exponerse los motivos de forma concisa y clara, además de considerarse que dicha exposición no debe consistir en una mera relación de los documentos ni limitarse a realizar una mención de los requerimientos de las partes, sino contener una estructura de forma y fondo que permita comprender las razones de la determinación que se toma.

En el caso concreto la autoridad demandada revocó la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0815/2017 a través de una decisión debidamente fundamentada, explicando de manera precisa los móviles conducentes a su determinación, advirtiéndose además la existencia de una estructura de forma y fondo en la que se expone de forma didáctica y comprensible las razones expuestas.