SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2018-S3
Fecha: 04-Dic-2018
Fragmento 18
En cuyo mérito, Mario Villafán Machicado en representación del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., por memorial presentado el 21 de marzo de 2017 ante el aludido Tribunal, interpuso apelación incidental contra el Auto de 21/2017, en base a los siguientes fundamentos: 1) No se consideraron los argumentos esgrimidos por el Banco Mercantil Santa Cruz S.A.; 2) Se omitió fundamentar sobre la “pseudo auditoría” presentada, se limitaron a reiterar los mismos argumentos del tercero interesado, sin revisar exhaustivamente los antecedentes procesales para constatar lo aseverado por el solicitante, así como la parte contraria; 3) La resolución apelada, no contiene los puntos esenciales que debía tener; es decir, la sana crítica y la verdad material, así como una debida fundamentación; no se tiene evidencia que en la etapa preparatoria se haya solicitado la extinción de la acción penal, por cuya razón el trámite en su primera fase se encuentra concluido al haberse presentado acusación; y, 4) Para la procedencia de esta excepción no solo debe considerarse el transcurso del tiempo, sino también que la mora no sea atribuible al imputado. Éste deberá señalar a quién corresponde dicha dilación y además acreditar que su persona tomó una conducta activa y no pasiva en el proceso; en tal sentido, se tiene que el excepcionista, no precisó a quiénes correspondía la dilación procesal y porqué tiempo, no identificó la foliatura donde se encontraban las dilaciones; y más bien adoptó una conducta pasiva en la tramitación del proceso penal, esperando el transcurso del tiempo, para luego interponer la extinción de la acción penal.
- acción de amparo constitucional
- LA VALORACIÓN DEFECTUOSA O SOBREVALORACIÓN INJUSTIFICADA DE LA PRUEBA DE CARGO
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. E
- Excepcionalmente, durante la etapa preparatoria y juicio oral, la o el imputado podrá plantear la excepción por extinción de la acción penal
- Fragmento 13
- II.
- III.
- simplemente efectuaron una relación de los datos que cursan en el proceso, en ningún momento realizaron una auditoría jurídica del proceso, constatándose existir motivación arbitraria porque la decisión pronunciada deviene de una valoración inadecuada de la prueba que se tiene aportada en el proceso,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- REVOCAR en parte
- 2° Dejar sin efecto
- 4°