SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2018-S3

Fecha: 04-Dic-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La entidad accionante por intermedio de su representante, denunció la lesión de sus derechos a la tutela judicial efectiva, a la igualdad y al debido proceso en sus elementos de fundamentación y a la defensa; puesto que las autoridades demandadas, dentro el referido proceso penal, resolvieron la apelación incidental  presentada contra el Auto 21/2017 de 5 de enero, que declaró probada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, presentada por Luis Manuel Villanueva Mendoza -tercero interesado-, sin considerar todos y cada uno de los puntos reclamados, soslayando los precedentes legales y jurisprudenciales desarrollados en el recurso de apelación; aplicando indebidamente el art. 404 del CPP e inaplicando los arts. 398 del referido Código; 9.4, 13.IV, 115, 256 y 410 de la CPE; y, 25 de la CADH; se validó una auditoría jurídica que no cumplió con las exigencias legales; se confundió la preclusión con el momento procesal pertinente para resolver la excepción cual es la fase del planteamiento de incidentes y excepciones previstas en instancias del juicio oral; se atribuyó la carga de la prueba a la víctima o contraparte; y confundieron los alcances desarrollados por la jurisprudencia sobre el plazo razonable, eludiendo aplicar la complejidad del asunto y la conducta de las autoridades.