SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2018-S4
Fecha: 05-Dic-2018
II.1.
II.1. Conforme a escrito de 4 de julio de 2018, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi del departamento de La Paz, denunció violencia contra niñas, niños o adolescentes supuestamente provocada por JJ, actual demandada y XX, por el abandono y violencia física y psicológica que ejercían sobre sus hijos AA, NN, DD y PP ante el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Caranavi (fs. 97 a 99); asimismo, el 11 del mismo mes y año, a su vez la institución, formuló denuncia ante el Ministerio Público de Caranavi contra los progenitores mencionados, por el delito de violencia familiar o doméstica que sufría la menor NN (fs. 100 a 102).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance de la protección del derecho a la salud y la vida, vía acción de libertad
- III.2. Los alcances del principio del interés superior de la niña, niño y adolescente
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- III.4. Consideraciones finales
- CONFIRMAR