SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2018-S2

Fecha: 10-Dic-2018

ii)

ii)          Tomando en cuenta que se trata de adeudos correspondientes a periodos sobre los que se aplica la Ley 1340, es cierto que corresponde la aplicación analógica de los arts. 1493 y 1494 del CC, por disposición de los art. 6 y 7 de la Ley 1340, pues esta última no contiene norma relativa al cobro de adeudos en fase de ejecución.