SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2018-S2

Fecha: 10-Dic-2018

iii)

iii)         Que, la administración solicitó el registro de la hipoteca de los bienes del contribuyente el 15 de agosto de 2006, ante lo cual, el computo de la prescripción fue interrumpido, reiniciándose el 16 de agosto de 2006 por 5 años y conforme lo disponen los arts. 1493 y 1494 del CC, es decir, a partir del momento que pudo hacerse valer el derecho; para concluir el 16 de agosto de 2011; posteriormente la misma administración reinició su acciones de cobro con distintas solicitudes realizadas el 22 de agosto de 2011, cuando el término de la prescripción ya había vencido el 16 de agosto de 2016, por lo que sus facultades ya estaban prescritas.