SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2018-S1

Fecha: 12-Dic-2018

Respecto a la debida fundamentación y motivación

Conforme al entendimiento contenido en el Fundamento Jurídico III.3. del presente fallo constitucional, se tiene que la debida motivación y fundamentación de las Resoluciones, es un componente del derecho al debido proceso, a través de las cuales se exige que la autoridad demandada realice la exposición y el juzgamiento de los agravios o puntos demandados; es decir, de los hechos cuestionados y expuestos por las partes intervinientes, así como una manifestación precisa de las argumentaciones pertinentes y razonables que conduzcan a establecer las correspondientes determinaciones, a fin de resolver el caso sometido a su conocimiento; lo que implica además, la obligación de hacer conocer los motivos que llevaron a dicha autoridad a asumir una específica determinación.