Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2018-S1
Fecha: 17-Dic-2018
II.14.
II.14. Cursa nota U.J. IL Cite 2671/17 de 8 de noviembre de 2017, de informe legal sobre Incumplimiento de Contrato ANPE 12/15, pronunciado por Juan Mario Querejazu Yaksic, Jefe de la Unidad Jurídica de la Dirección de Contratación de Bienes y Servicios ante el Secretario a.i. de la Secretaría Municipal de Servicios al Ciudadano, por el cual conforme al procedimiento de terminación del contrato administrativo definido por el art. 87 inc. 1) de las NB-SABS, como el propio contrato administrativo, deduce que al encontrarse con plazo concluido, corresponde la resolución del mismo y la ejecución de la garantía pactada en la Cláusula Séptima a favor del GAM de Cochabamba (fs. 120 a 121).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- contratos administrativos
- contencioso administrativo
- III.3.1.
- III.3.2.
- REVOCAR en parte