Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2018-S1
Fecha: 20-Dic-2018
II.2.
II.2. Consta Acta 17 de 27 de septiembre de 2017, referente a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de SEGUROS PROVIDA S.A., en la que Julio Cesar Saucedo Hurtado, Iván Salame Gonzales Aramayo -accionistas- hicieron conocer su intención de capitalizar la empresa con el aporte de un terreno cada uno ubicados en el departamento de Santa Cruz y Pando respectivamente, para posteriormente ser aprobado dicho aporte por la mayoría de socios presentes y su formalización ante la APS (fs. 593 a 596).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- EL PROCESO DE CAPITALIZACIÓN HA SIDO CONCLUIDO SATISFACTORIAMENTE
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Análisis del caso concreto
- AUTORIZAR
- CONFIRMAR
- AUTORIZA
- Consideraciones previas
- En alusión a la emisión de acciones de capital
- Fragmento 23