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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2018-S1

    Fecha: 20-Dic-2018

    ii.

    ii.     En el segundo CONSIDERANDO, refieren que los arts. 115, 178 y 180 de la CPE, establecen que la administración de justicia además de ser gratuita y proba debe actuar con celeridad en la resolución de las causas, así el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) en su art. 14.3, refiere que una de las garantías del imputado es que deba ser juzgado sin dilaciones indebidas.

    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • otorgó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.  Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
    • En cuanto a la motivación
    • principio de congruencia
    • 2.
    • 3.
    • ii.
    • iii.
    • v.
    • vi.
    • vii.
    • POR TANTO:
    • en cuanto a la terminología con referencia a la parte
    • CONFIRMAR en parte

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