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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2018-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2018-S4

    Fecha: 28-Feb-2018

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
    • o por la vulnerabilidad del agraviado -y/o accionante- (menores de edad, mujeres embarazadas o con hijos lactantes, personas de la tercera edad, enfermos graves o personas que merezcan protección especial del Estado).
    • III.2.  Sobre las limitaciones razonables del derecho a la libertad
    • arbitrariamente
    • sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales.
    • III.3. Sobre el mandato constitucional de la Policía boliviana
    • 3) En cumplimiento de una orden emanada del fiscal
    • III.4.
    • En cuanto a la acción de libertad de Lourdes Aguilar Vda. de Chalco
    • En cuanto a la acción de libertad de Johvana Chalco Aguilar
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