SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2018-S4

Fecha: 28-Feb-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución de 4 de octubre de 2017, cursante de fs. 49 a 51 vta., denegó la tutela solicitada en base a los siguientes fundamentos: 1) Se evidenció que el caso se encuentra en etapa investigativa y que las ahora accionantes no fueron detenidas preventivamente, además que a la fecha se encuentran en libertad; sin embargo, es dudosa la existencia de un requerimiento fiscal que haya dejado sin efecto una orden de aprehensión; 2) De acuerdo con la SC 0614/2003-R de 8 de mayo, si bien el habeas corpus –ahora acción de libertad– no requiere  de mayores formalidades, pues no es menos evidente que el actor debe acompañar prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones; y en el caso que se analiza, no se aportó prueba suficiente acerca de haber reclamado derechos ante la autoridad llamada por ley, porque si bien, presentó el requerimiento que deja sin efecto los mandamientos, no se demostró que éste haya sido notificado; 3) Asimismo, la parte accionante presentó dos memoriales ante el Juez de la causa, de los que no se sabe cuál fue el pronunciamiento; y, 4) Los arts. 54.1 y 279 del CPP, atribuyen al “Juez Cautelar” la función del control jurisdiccional durante el desarrollo de la investigación, de modo que toda persona que considere la existencia de una acción u omisión que vulnere derechos, debe acudir ante el Juez para que esta autoridad se pronuncie; por lo que, se entiende que la parte impetrante de tutela no agotó los recursos que le franquea la ley para la protección de sus derechos.