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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2018-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2018-O

    Fecha: 12-Mar-2018

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1.  De la denuncia de incumplimiento de la Resolución 1 de 18 de enero de 2017
    • I.1.1.  De la denuncia de incumplimiento de la SCP 0169/2017-S2 de
    • I.2. Petitorio
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • primera denuncia de incumplimiento
    • segunda denuncia de incumplimiento
    • III.1.
    • el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
    • mediante Auto expreso, rechazará la queja o la concederá
    • Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
    • III.
    • la emisión de una sentencia constitucional concesiva de amparo constitucional, debe repercutir en la realidad, modificando los actos que lesionaron los derechos de las personas, de modo efectivo y material; pero además, de forma inmediata, esto en el entendido de que la dilación y la retardación en la ejecución de lo decidido en una sentencia emergente de una acción de defensa, en la que se concedió la tutela, mantiene latente la situación lesiva a los derechos vulnerados; esto porque, el derecho vulnerado, se mantiene transgredido y burlado, incluso por los actos u omisiones de las autoridades encargadas de protegerlo
    • si los pronunciamientos emanados de la justicia constitucional no fueren cumplidos a cabalidad, lo resuelto por esta jurisdicción se reduciría a una mera declaración formal y sin contenido; razón por la que el legislador estableció los mecanismos conducentes a garantizar la ejecución de los fallos de carácter constitucional
    • III.2.  El carácter y fuerza vinculante de la razón
    • III.3   Consideraciones previas de carácter jurídico-constitucional.
    • es de ejecución inmediata, de carácter vinculante y cumplimiento obligatorio
    • III.4.  Alcances de la SCP 0169/2017-S2 de 6 de marzo
    • 1)
    • CONFIRMAR en todo
    • III.5.1.De la denuncia de incumplimiento de la Resolución 1 de 18 de enero de 2017
    • concedió
    • i)
    • a)
    • III.5.2.Respecto a la denuncia de incumplimiento de la                         SCP 0169/2017-S2 de 6 de marzo
    • NO HA LUGAR

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