DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2018

Fecha: 23-Mar-2018

mediante ley municipal

La DCP 0080/2017, en su análisis de constitucionalidad al art. 31.2, aplicando la línea jurisdiccional de la SCP 1714/2012 de 1 de octubre, declaró la incompatibilidad de la frase “mediante ley municipal”, entendiendo que: “…el estatuyente ha incurrido en una confusión cuando afirma que el proceso de reglamentación se hará mediante ley municipal, lo cual no es correcto en el marco de las definiciones y alcances de las facultades legislativas y reglamentarias..” ; es decir, que en el caso de las entidades territoriales autónomas esta competencia reglamentaria es ejecutada por el órgano ejecutivo.

Más adelante y en la misma línea jurisprudencial señalada anteriormente, refiere que:“…se justifica porque esta instancia conoce de las capacidades económicas, presupuestarias, institucionales y recursos reales que se tiene para ejecutar la ley, por tanto, a través de la facultad reglamentaria se delimita con mayor precisión la forma y los recursos con los cuales se podrá aplicar la ley”. En consecuencia, de acuerdo al art. 283 de la CPE corresponde señalar que la autonomía municipal al estar constituida tanto por el Concejo Municipal como el Órgano Ejecutivo, éstas tienen sus propias facultades y competencias para desarrollar una buena gestión municipal.

En el nuevo texto presentado por el consultante, se puede evidenciar que la frase “mediante ley municipal del numeral 2 del art. 31 del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Arani, ya no hace parte del mismo, precisamente por los Fundamentos Jurídicos que sustentan el test de constitucionalidad de la DCP 0080/2017. En consecuencia, al ser suprimida la causa de incompatibilidad expresada, hace que el contenido como el alcance de la actual disposición se adapta plenamente al art. 283 de la CPE, por lo que corresponde declarar la compatibilidad del art. 31.2, de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo  Municipal de Arani.