SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2018-S1

Fecha: 01-Mar-2018

III.3.  Análisis del caso concreto.

Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, es pertinente referirse a la legitimación pasiva, en ese entendido, la SCP 0107/2012 de 23 de abril, señaló: “Al efecto, corresponde expresar que la legitimación pasiva es la coincidencia que existe con la calidad adquirida por un servidor público o persona individual o colectiva que presuntamente con actos u omisiones ilegales o indebidas, ha provocado la restricción, supresión o la amenaza de restringir o suprimir derechos y garantías constitucionales y contra quien se dirige la acción”.

En ese entendido y conforme los antecedentes del presente caso; se evidencia que, el accionante si bien demandó a Ernesto Moisés Yabeta (anterior Director del SEDES-Beni); por Auto de 25 de abril de 2017, el juez de garantías dispuso que el accionante señale quienes serían las actuales autoridades, evidenciándose de fs. 52, la citación de Carlos Reyes Arauz actual autoridad del SEDES-Beni, teniéndose en consecuencia, por cumplida la legitimación pasiva.

Ahora bien, de los antecedentes del presente caso; se tiene que, a consecuencia de un proceso administrativo, el SEDES-Beni, dictó resolución de destitución inmediata e indicios de responsabilidad penal en los delitos de concusión, incumplimiento de deberes y otros contra el accionante. Luego de interpuestos los recursos de revocatoria y jerárquico que confirmaron las resoluciones impugnadas, planteó esta acción tutelar argumentando la lesión a sus derechos al debido proceso, en sus elementos valoración integral de la prueba y fundamentación, derecho a la defensa, a la igualdad y no discriminación así como de los principios de seguridad jurídica y legalidad, solicitando se anule todo el proceso administrativo.