Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2018-S3
Fecha: 02-Mar-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 07 de 4 de diciembre de 2017, cursante de fs. 266 a 270, pronunciada en la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Gabriela Gonzales Pérez, Jhamil Zubieta Jadue y Huáscar Jaime Gonzales Portal Altamirano en representación legal del Banco Central de Bolivia (BCB) contra Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Edgar Molina Aponte, ex y actual, Editha Pedraza Becerra y Jimmy López Rojas, actuales, Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Improcedencia de la acción
- a)
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Legitimación pasiva de las nuevas autoridades en la institución que emitió la resolución considerada lesiva
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- en la aplicación de las normas sustantivas, y en las decisiones que se adopten a través de las distintas resoluciones dictadas para dirimir situaciones jurisdiccionales o administrativas
- III.4.
- i)
- REVOCAR