SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2018-S3

Fecha: 02-Mar-2018

II.3.

II.3.  El 19 de junio de 2015, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, resolviendo la primera acción de amparo constitucional interpuesta por Mary Olivia Vincenti de Mansilla y Claudio Augusto Mansilla Peña, concedió la tutela por lesión al debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación y el principio de igualdad; por cuanto, el Auto de Vista 200 de 14 de abril de 2015, no habría tomado en cuenta la Sentencia Constitucional 1023/2004 de 1 de junio, pronunciada frente a supuestos fácticos similares; pero tampoco habría expuesto los argumentos del porqué considera inaplicable al caso concreto los razonamientos desarrollados en aquella. En consecuencia, dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado y ordenó a los demandados pronunciar otro, considerando los elementos señalados en la resolución. Esta determinación, fue confirmada por SCP 1324/2015-S2 de 16 de diciembre (52 vta. a 54; y, 67 a 73).