Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2018-S3
Fecha: 15-Mar-2018
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante considera transgredidos sus derechos al debido proceso, a un juicio previo, a la debida fundamentación y motivación legal, al principio de congruencia, al trabajo, estabilidad laboral, la vida en su vertiente de la dignidad humana, su garantía a la carrera judicial, y a percibir una remuneración justa y digna que asegure el sustento para sí y su familia, citando para el efecto los arts. 15, 46.I, 49 y 178.II. de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco legal y jurisprudencial
- III.2. Transitoriedad de los funcionarios judiciales
- III.3. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.4. La congruencia entre lo demandado y lo resuelto como componente del debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto a la transitoriedad de los cargos de los funcionarios judiciales
- III.5.2. Respecto a la falta de motivación y violación al principio de congruencia
- CONFIRMAR