Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2018-S3
Fecha: 15-Mar-2018
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela, y en aplicación del art. 57, parágrafo II del Código Procesal Constitucional (CPCo), se determine la anulación del Acuerdo 073/2017; la anulación del Memorándum CM-DIR.NAL. RR.HH. - J-090/2017; la anulación de la Resolución RR/SP 061/2017; la inmediata restitución a sus funciones como Jueza Pública de Familia e Instrucción Penal Primera de Cotoca del departamento de Santa Cruz; la existencia de responsabilidad civil por los perjuicios ocasionados a causa de su cesación indebida e ilegal, y de responsabilidad penal; el pago de sus haberes devengados, desde la fecha de su ilegal destitución y finalmente el pago de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco legal y jurisprudencial
- III.2. Transitoriedad de los funcionarios judiciales
- III.3. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.4. La congruencia entre lo demandado y lo resuelto como componente del debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto a la transitoriedad de los cargos de los funcionarios judiciales
- III.5.2. Respecto a la falta de motivación y violación al principio de congruencia
- CONFIRMAR