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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2018-S2

    Fecha: 29-Mar-2018

    b.1)

    b.1) Por ejemplo, cuando una resolución en sentido general (judicial, administrativa, etc.), no da razones (justificaciones) que sustenten su decisión, traducido en las razones de hecho y de derecho, estamos ante la verificación de una “decisión sin motivación”, debido a que “decidir no es motivar”. La “justificación conlleva formular juicios evaluativos (formales o materiales) sobre el derecho y los hechos sub iudice [asunto pendiente de decisión]”.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
    • (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
    • b.1)
    • b.2)
    • b.3)
    • c)
    • III.2. Las fases del proceso de la acción de amparo constitucional y el procedimiento a ser desarrollado por quejas de incumplimiento
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • i) Respecto al primer motivo de apelación:
    • decisión sin motivación
    • CONFIRMAR

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