SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2018-S3

Fecha: 22-May-2018

denegó

La Jueza Pública de Familia Décima del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 14/017 de 4 de diciembre de 2017, cursante de fs. 221 a 223 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) El Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, se refirió expresamente a todos los agravios fundamentados por el accionante en su recurso de apelación, por lo que la fundamentación aludida es razonable y guarda relación con lo expresado en el contenido del memorial de apelación, respecto a lo resuelto por el inferior y los agravios sufridos; ii) El accionante no demostró en ninguna instancia que hubiera hecho conocer los certificados de impedimento por razones de salud; iii) La Resolución de segunda instancia, valoró correctamente la prueba de descargo presentada por el peticionante de tutela, por cuanto ésta no acredita ni justifica el abandono de funciones desde antes del 18 de noviembre del año señalado; iv) El accionante ante algún aspecto oscuro en la emisión del fallo, no solicitó complementación ni aclaración; v) Se emitió la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 072/2017, con la debida fundamentación; y, vi) El solicitante de tutela, al ser miembro de la Policía, se encuentra sometido a la normativa que rige la institución para ejercer el derecho al trabajo, conociendo las consecuencias de sus actos; las faltas disciplinarias y la sanción que le corresponde.