Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2018-S3
Fecha: 21-May-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 12/2017 de 19 de diciembre, cursante de fs. 25 a 28 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Moisés Ángel Ponce de León Birbuet en representación sin mandato de David Eusebio Colque Chuquimia contra Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- los trámites de cesación a la detención preventiva
- Conforme a lo anotado, la acción de libertad de pronto despacho tiene por finalidad acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona
- pronta y oportuna y sin dilaciones
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- III.3.
- celeridad
- Fragmento 14
- 1°