SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2018-S3

Fecha: 21-May-2018

los trámites de cesación a la detención preventiva

         Dentro del ámbito de protección la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, se encuentran aquellos actos dilatorios en las solicitudes vinculadas al derecho a la libertad física o personal, entre ellas, los trámites de cesación a la detención preventiva (SC 0078/2010-R, SCP 0110/2012, entre otras), la demora en la remisión de antecedentes ante el tribunal superior (SC 0384/2011-R), la demora en expedir mandamiento de libertad no obstante haberse concedido la libertad y cumplido las condiciones impuestas, tratándose, por ejemplo de medidas cautelares (SCP 0071/2012).

         Las Sentencias antes señalados, se basaron en el principio de celeridad previsto en el art. 178 de la CPE, pero también en los principios ético-morales de la sociedad plural. En ese sentido, la SCP 0110/2012 de 27 de abril, partió de las bases de nuestro modelo de Estado, '…se funda en la pluralidad y pluralismo político, económico, jurídico, lingüístico y, ante todo, cultural, respetando y reafirmando los valores ético-morales de nuestra cultura ancestral, tal como el 'ama qhilla', palabra quechua que traducida al español significa 'no seas flojo' y, es por ello que nuestra Norma Fundamental en su art. 8, la constitucionaliza como principio, al igual que el 'Ama llulla' (no seas mentiroso) y 'Ama Suwa' (no seas ladrón), con la intencionalidad de que la población encuentre en el trabajo y en el cumplimiento del deber una grata y satisfactoria labor, tal como lo conceptuaron nuestros antepasados y las actuales culturas que sancionan con severas medidas su infracción, en tanto que nuestra Ley del Órgano Judicial, en su art. 128, determina que el juez es pasible de enjuiciamiento disciplinario por incurrir en demora culpable cuando éste dicta resoluciones en los procesos fuera de los plazos fijados por la ley…'.