SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2018-S2

Fecha: 22-May-2018

1)

Ramiro Ariel Julio Blanco Fuentes, Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, mediante informe de 21 de diciembre de 2017, cursante a fs. 42 y vta., señaló que: 1) El mandamiento de apremio librado en contra de Juan Fernando Callisaya Nina, no fue expedido durante la vacación judicial anual, sino el 30 de octubre de 2017, habiéndose cumplido antes de su expedición con todos los actuados procesales correspondientes; 2) La Convención Niña, Niño y Adolescente, la Constitución Política del Estado en su art. 60 y ss. y el Código de las Familias y del Proceso Familiar en su art. 109.I, precautelan de manera preferente el interés superior de un menor, “debiendo como operadores de justicia velar estrictamente el cumplimiento de este” (sic); 3) En relación al mandamiento de libertad en favor del hoy accionante, la misma no corresponde conforme a procedimiento, entretanto no se escuche a la parte demandante dentro del proceso de asistencia familiar, en función de precautelar el interés de los menores de edad y la asistencia familiar que les corresponde; 4) La pretensión del impetrante de tutela, debería ser analizada conforme a la línea jurisprudencial emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0134/2015-S3 de 10 de febrero y 0206/2017-S3 de 21 de marzo.