SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2018-S2

Fecha: 22-May-2018

Fragmento 44

Ahora bien, y a la luz de la línea jurisprudencial seguida por esta Sala, considerando los fundamentos jurídicos descritos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y el caso objeto de análisis, es necesario que dicho actuar de ponderación, se entendió bajo los lineamientos de la    SCP 1071/2014 de 10 de junio, que refirió: “…Bajo este paraguas jurisprudencial, el Tribunal Constitucional Plurinacional asume el desafío de destrozar las prácticas formalistas que reproducen el sistema colonial, bajo un mandato fundamental del constituyente a partir de la norma jurídica directamente aplicable como es la Constitución, siempre en busca de la eficacia de los derechos y garantías constitucional; así, encontramos el reflejo de la efectividad de su función traducida en: 'velar por la supremacía de la Constitución, ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales'; en consonancia con ello, el razonamiento de las autoridades que imparten justicia debe partir de la Constitución, pues estos se constituyen en los garantes primarios de la misma y de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, claro está, su tarea interpretativa y sus decisiones deben obedecer, a una efectiva 'ponderación' en cada caso concreto” (negrilla añadida) y bajo el Fundamento Jurídico III.4 de la Presente Sentencia Constitucional Plurinacional, para darle mayor amplitud a lo establecido hasta este momento por la jurisprudencia constitucional.