SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2018-S1

Fecha: 28-May-2018

concedió

La Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 15-17 de 28 de noviembre de 2017, cursante de fs. 298 a 300 vta., concedió la tutela solicitada en lo concerniente a dar cumplimiento a las conminatorias de reincorporación, ante la evidente vulneración del derecho al trabajo, estabilidad laboral y seguridad social, denegando con relación a la solicitud de pago de salarios devengados, los que deben ser determinados por la justicia ordinaria. Los fundamentos que se esgrimen son los siguientes: 1) La parte demandada alega que los despidos se debieron a un proceso de reestructuración porque el área donde trabajaban los ahora accionantes ya no funciona; sin embargo, el empleador no puede dejar sin trabajo a sus empleados, y al respecto se tiene jurisprudencia constitucional en sentido de la manera en que debe proceder una empresa declarada en quiebra, que no es el caso de la sociedad SYNERGY Ltda.; por otra parte, los demandados indican que no se puede pedir reincorporación si se canceló el finiquito. Al respecto, si bien es cierto que consta que se depositaron dichos finiquitos en las cuentas de los trabajadores, pero ello constituye un acto unilateral de la empresa, y para que tenga validez, la aceptación debe ser escrita; y, 2) Lo alegado por los demandados no desvirtúa lo manifestado por los accionantes en torno a los despidos ilegales.