Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0296/2018-S2
Fecha: 25-Jun-2018
2° Disponer
2° Disponer, que en el plazo de tres días de notificada con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el Presidente del Concejo Municipal de Quillacollo, deberá extender respuesta formal, fundamentada jurídicamente, detallada y oportuna a los cinco requerimientos solicitados por la impetrante de tutela en el memorial de 11 de diciembre de 2017.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- que
- tampoco se constituye en una respuesta formal
- respuesta formal es inexistente
- REVOCAR
- 2° Disponer
- MAGISTRADO