Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0296/2018-S2
Fecha: 25-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de su derecho de petición; toda vez que, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, no habría dado una respuesta pronta y oportuna a su solicitud efectuada mediante memorial de 11 de diciembre de 2017, respecto a que se le extienda copias de la Ley Municipal 208/2017 -entre otros requerimientos-, cuyo contenido, a su entender, vulnera su derecho propietario, al tener por objeto la construcción de una calle que pasa por la mitad de su bien inmueble; sin embargo, dicha petición no fue atendida hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- que
- tampoco se constituye en una respuesta formal
- respuesta formal es inexistente
- REVOCAR
- 2° Disponer
- MAGISTRADO