Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2018-S4
Fecha: 11-Jun-2018
2º DENEGAR
2º DENEGAR la tutela con relación a la habilitación del Sistema de Información Educativa; sin embargo, en mérito a los argumentos expresados en el presente fallo constitucional, se dispone que de manera excepcional y por un lapso no mayor a cinco días hábiles, se habilite el referido Sistema, a efectos de que los Diplomas de Bachiller del último curso de secundaria de la Unidad Educativa Privada “Amazónic Bolivian American International School”, de la gestión 2017, puedan ser emitidos y posteriormente entregados a los estudiantes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionaria demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- del contenido esencial del derecho de petición es la obtención de respuesta, en el ámbito de la eficacia horizontal del derecho de petición, debe resaltarse que el fundamento de este elemento, precisamente es la certidumbre
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- REVOCAR en parte
- 1°
- 2º DENEGAR