SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2018-S4
Fecha: 11-Jun-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01/2018 de 10 de enero, cursante de fs. 74 a 76, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Federico Machaca Quispe, representante legal de la Empresa Unipersonal Unidad Educativa Privada “Amazónic Bolivian American International School” (ABAIS) contra Alejandro Gonzales Guayao, Director Departamental de Educación; Andrés Delgado Estrada, Director Distrital de Educación de Cobija; Vladimir Aliaga Alarcón, Jefe de la Unidad de Asuntos Administrativos y María Elena Araúz Rappo, Técnico del Sistema de Información Educativa (SIE) Ciencias y Tecnología de la Dirección Departamental de Educación respectivamente, todos del departamento de Pando.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionaria demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- del contenido esencial del derecho de petición es la obtención de respuesta, en el ámbito de la eficacia horizontal del derecho de petición, debe resaltarse que el fundamento de este elemento, precisamente es la certidumbre
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- REVOCAR en parte
- 1°
- 2º DENEGAR