SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2018-S4

Fecha: 11-Jun-2018

II.4.

II.4.    El 7 de diciembre de 2017, mediante nota CITE 958/2017-D.D.E.C, Andrés Delgado Estrada, Director Distrital de Educación de Cobija del departamento de Pando, comunicó al Director de la Unidad Educativa Privada ABAIS, en respuesta a su solicitud de habilitación del SIE que, conforme a nota CITE 121/2017 emitida por el Jefe de la Unidad de Asuntos Administrativos de la Dirección Departamental de Educación de Pando, no podrá realizar en tanto la Unidad Educativa Privada ABAIS no regularice las observaciones dadas a través de nota CITE 029/2017 SIE-UAA de 14 de diciembre, elaborada por María Elena Arauz Rappo; señalando que no podría realizarse la ampliación del nivel secundario en dicho establecimiento educativo, mientras no se regularicen los trámites de cambio de infraestructura, ampliación del nivel secundario y cambio de nombre; estableciéndose que de la revisión de la documentación, se advirtió un error en la RA 033/2013 de 6 de marzo, en la que se menciona la dirección actual de la Unidad Educativa Privada ABAIS y, en el RUE se halla aún vigente la dirección antigua; situación que no se puso en conocimiento del interesado por motivos que se desconocen; además de ello, el trámite de cambio de nombre, fue observado por el Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia, haciéndosele conocer aquello al referido Director Distrital de Educación de Cobija, a efectos de que se les comunique a los interesados (fs. 35; 36; y, 37).