SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2018-S2

Fecha: 03-Ago-2018

la finalidad del instituto procesal de la rebeldía y, por ende, de la medida de aprehensión, es lograr la comparecencia del imputado al proceso

Por su parte, la SCP 1449/2012 de 24 de septiembre, que analizó la declaratoria de rebeldía, a partir de los arts. 87, 89 y 91 del CPP, estableció que:“…de las normas procesales penales glosadas se tiene que la finalidad del instituto procesal de la rebeldía y, por ende, de la medida de aprehensión, es lograr la comparecencia del imputado al proceso. La comparecencia del rebelde en el proceso penal, según lo dispuesto en el art. 91 del CPP, puede ser de dos formas: