SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2018-S1

Fecha: 14-Ago-2018

Respecto al punto de agravio identificado en el inc. ii)

           Respecto al punto de agravio identificado en el inc. ii) sobre que el Tribunal a quo consideró que la interposición de solicitudes de cesación de la detención preventiva son actos dilatorios, cuando su interposición como recursos legales, no puede ser considerada como tal sino exclusivamente el ejercicio de los derechos que la norma le faculta, vulnerando su derecho a la defensa, así como se lesiona el art. 14.IV de la CPE, los demandados indicaron que, existen en obrados más de cinco audiencias de cesación de la detención preventiva solicitadas por el imputado, pues en lugar de asumir su defensa pretendía obtener su libertad con las cesaciones que fueron rechazadas, correspondiendo evidentemente que las solicitudes de cesación de la detención preventiva no son actos dilatorios; sin embargo, al no asistir a las audiencias señaladas por el Tribunal inferior y no promover las notificaciones de alguna manera esto constituye dilación del proceso, aspectos que no pueden ser atribuidos al Órgano Jurisdiccional o al Ministerio Público. A partir de dicho extremo, los Vocales demandados consideraron el agravio planteado, sosteniendo que las solicitudes de cesaciones no constituyen un acto dilatorio en sí mismo, pero que sí lo es el no asistir a dichas audiencias que fueron solicitadas por el propio accionante, derivando los Vocales demandados a partir de ello en que la inasistencia a las audiencias señaladas para su consideración siempre y cuando no se demuestre su impedimento, así como el no coadyuvar con las diligencias de notificación del proceso se constituyeron en actos dilatorios.