Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2018-S2
Fecha: 29-Ago-2018
II.7.
II.7. Por Resolución Administrativa de 27 de diciembre de 2017 que resolvió el recurso de revocatoria, emitida por la Autoridad Sumariante, se confirmó totalmente la Resolución Final del Proceso Administrativo Interno de 4 de diciembre de 2017, iniciado contra Juan Franz Arandia Prada (fs. 193 a 208).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1. Sobre el derecho al juez natural
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3.1. Respecto a la competencia del Juez natural, en el proceso administrativo
- la RA 241/2017
- III.3.2.
- con responsabilidad administrativa, por existir contravención al ordenamiento jurídico al desempeñar más de un cargo público remunerado,
- no mencionó ni explicó la normativa legal por la cual, se estableció su destitución
- proporcionalidad de la sanción
- omitiendo nuevamente el pronunciamiento de la normativa
- debiendo señalarse en su caso, de manera imprescindible las normas jurídicas que respaldan las sanciones impuestas y efectuando un análisis de proporcionalidad entre la falta que se juzga y la sanción a imponerse
- REVOCAR en parte
- el derecho al juez predeterminado exige la concurrencia de las siguientes condiciones: i) el órgano judicial haya sido creado previamente por un precepto legal; ii) el órgano judicial esté investido de jurisdicción y competencia con anterioridad al hecho motivador del proceso judicial o disciplinario; iii) su régimen orgánico y procesal no permita calificarlo de tribunal ad hoc o de comisión especial; iv) la composición del órgano jurisdiccional venga determinada por la ley; y v) en cada caso concreto se siga el procedimiento legalmente establecido para la designación de los miembros que han de constituir el órgano respectivo.
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)