SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2018-S2

Fecha: 29-Ago-2018

no mencionó ni explicó la normativa legal por la cual, se estableció su destitución

De acuerdo a los fundamentos señalados precedentemente, se evidencia que la Sumariante, sustentó la Resolución impugnada de destitución, específicamente en los arts. 12, 15, 16 y 28 del Estatuto de SETAR de Tarija; sin embargo, los artículos señalados, refieren a las funciones del directorio; asimismo, que la calidad de director, se pierde por remoción, como consecuencia de resolución administrativa ejecutoriada emergente de proceso administrativo interno y que los Directores responderán por sus actos de acuerdo a lo establecido en dicho  Estatuto, Reglamentos Internos y normas vigentes; empero, la indicada Resolución, no mencionó ni explicó la normativa legal por la cual, se estableció su destitución; lo cual constituye una flagrante vulneración del derecho al debido proceso en el elemento de una resolución motivada y fundamentada, al disponer la destitución del Presidente del Directorio de la empresa SETAR, sin que se mencione y se fundamente la normativa, por la cual se establece la sanción; más aún, cuando es una sanción de destitución; y, tampoco se efectuó un análisis de proporcionalidad de la sanción a imponerse; omisiones, que determinan la concurrencia de resoluciones arbitrarias que carecen de motivación suficiente, al no señalar la normativa por la cual, fue destituido como Presidente del Directorio de la empresa SETAR de Tarija, conforme el razonamiento del Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional.