SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

4)

4)  Vulneración al debido proceso en su componente de motivación vinculado con la predictibilidad de la resolución judicial y a la igualdad ante la ley, en dos dimensiones: la Sentencia 215/2017 habría omitido la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo de Justicia en materia de valoración de la prueba, en razón de no haber valorado la prueba consistente en la Resolución de dirigentes y delegados de 13 de mayo del 2012, Nota S.M.T.M.C. CITE 0246/12, por la cual se resolvió realizar el paro de actividades por duelo, así como tampoco se habría valorado el contradictorio Informe 057/13 que refiere que “no hubo paro de actividades, en la empresa Minera Colquiri S.A., sino tan solo acompañamiento en el duelo a la familia del compañero minero fallecido” (sic).  

4)  Incorrecta aplicación de las normas laborales y falta de fundamentación en la RA 111/13 y en la RM 652/13, señalando que la primera en su parte considerativa en relación a la solicitud de declaratoria de ilegalidad del paro de actividades la Compañía edil, determinó que no se cuenta con un pliego de peticiones presentado por el sindicato conforme lo establece el art. 105 de la LGT y que de la revisión de las planillas trimestrales en el mes de mayo de 2012 no se advierte descuento alguno.