SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció mediante Resolución 94/2018 de 9 de marzo, cursante de fs. 774 a 781, denegó la demanda de acción de amparo constitucional, bajo los siguientes argumentos: 1) Respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria en instancia de la justicia constitucional, sólo procede cuando en esa labor se han vulnerado “principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico” (sic) en ese sentido se debe explicar cómo es que la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motiva y precisar los derechos y garantías que fueron lesionadas por el intérprete, señalado el nexo en éstos y la interpretación impugnada; 2) Del análisis de la Sentencia impugnada se advierte que no se ha infringido norma legal alguna, por el contrario contiene suficiente fundamento y valoración de los descargos, en ese sentido no hubo infracción de los arts. 154 del CPT y 105 de la LGT, asimismo responde a todos los puntos esenciales de la demanda guardando pertinencia con lo planteado; 3) Por otro lado, la parte accionante no ha fundamentado la relevancia constitucional de revisar la decisión adoptada en la referida Sentencia, en razón a que la misma estableció que la suspensión de actividades no se constituye en un paro ilegal; y,            4) Por lo que no corresponde al Tribunal de garantías realizar interpretación de la legalidad ordinaria, en razón a los argumentos antes expuestos y al no haber, la institución accionante, cumplido lo presupuestos señalados en el inciso a) de este apartado, en ese sentido se deniega la tutela impetrada.