SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

II.1.

II.1.    El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante RM 108/13 de 21 de febrero de 2013, resolvió anular obrados hasta el oficio MTEPS: JDTLP-FJLC-EXT 160/2012 de 8 de agosto emitido por el Jefe Departamental del Trabajo de La Paz bajo la causal del art. 35.I de la LPA y bajo el fundamento de ausencia de valoración de los hechos, fundamentación de derecho para atender la solicitud y del cumplimiento del procedimiento administrativo correspondiente, establecido en el art. 27 de la referida Ley; por otro lado, señaló que necesariamente debe realizarse un análisis tanto de la petición de los trabajadores sobre los hechos que generaron el paro de actividades y el cumplimiento de la normativa que rige el procedimiento para este tipo de medidas o de la huelga; asimismo, considerando que la Compañía Minera Colquiri S.A. al no estar de acuerdo con el citado paro de ingresa a un conflicto laboral, el cual conforme al art. 105 de la LGT debe enmarcarse en el procedimiento de conciliación y arbitraje (fs. 467 a 469).