SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
Resolución de aprehensión del Fiscal de Materia
Respecto al accionante Jorge Daniel Amador, de la misma forma, de su declaración informativa, el Fiscal de Materia encuentra una evidente contradicción con la prestada por Elsa Ramírez Rojas; toda vez que, ambos no coinciden en el momento en que se conocieron, las veces que se encontraron, la comunicación por celular que ambos mantenían, además que es de nacionalidad argentina y los otros imputados contra los que se sigue la acción penal fueron interceptados en Salta-Argentina el día del asesinato, en posesión de armas de fuego, munición y dineros, sujetos que tenían relación con el hecho de sangre, infiriéndose que tendría contacto con los autores materiales y otros que se encontraban detenidos en la Unidad Carcelaria de Tartagal. Es así, que de la lectura de la Resolución de Aprehensión, emitida por el representante del Ministerio Público, éste cumplió con los presupuestos señalados por el art. 226 del CPP, para proceder a la aprehensión del impetrante de tutela.
- acción de libertad
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.2.
- Fragmento 10
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Actuación del funcionario policial
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Resolución de aprehensión del Fiscal de Materia
- Fragmento 22
- Auto Interlocutorio 285/2017 de 21 de septiembre
- Auto Interlocutorio 286/2017 de aplicación de medidas cautelares
- Fragmento 25
- Fragmento 26