SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2018-S1

Fecha: 04-Sep-2018

IMPROBADAS

Ante lo cual, por memorial de 2 de septiembre de 2013, Loida Dávalos García, por sí y en representación legal de Karla Jeanine Porcel Dávalos, planteó excepciones previas de obscuridad y contradicción en la demanda y de incapacidad o impersonería del demandante, emitiéndose al efecto Auto de 23 de enero de 2014, por parte de la señalada Jueza de Partido, declarándose “IMPROBADAS” las excepciones interpuestas, debiendo proseguir con la tramitación del proceso; actuado procesal que fue apelado por la citada demandada, el 13 de febrero de 2014 (Conclusión II.2).

El 23 septiembre de 2015, se dicta la Sentencia 37, emitida dentro del proceso de nulidad ut supra referido, por el entonces Juez Séptimo de Partido Civil y Comercial del aludido departamento, que dispuso declarar improbada la demanda principal, el pago de daños y perjuicios, y probada en parte respecto a la demanda reconvencional, siendo apelada por el accionante por medio de sus representantes legales, por memorial de 13 de octubre de idéntico año, con la respectiva fundamentación de agravios  (Conclusión II.3).