SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2018-S4

Fecha: 03-Sep-2018

III.3.  El derecho a la propiedad y sus elementos esenciales

El derecho a la propiedad es un derecho fundamental expresamente reconocido por el bloque de constitucionalidad; así, el art. 56.I de la CPE, indica que: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que esta cumpla una función social”; asimismo, el   art. 17 de la DUDH, en su primer parágrafo indica: “Toda persona tiene derecho a la propiedad individual o colectiva”; de la misma forma, el segundo parágrafo de esta disposición, puntualiza: “…nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”; también, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su art. 21 consagra el derecho a la propiedad privada, disponiendo en su primer parágrafo lo siguiente: “Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes…”. Además, el segundo numeral de esta disposición dispone que: “Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa…”.