Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2018-S3
Fecha: 12-Sep-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 13/2018 de 22 de mayo, cursante de fs. 76 a 77 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Pamela Nieves Portocarrero Jiménez, abogada del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP) en representación sin mandato de Raquel Suárez Rojas contra Delia Celia Illanes Choquetijlla, Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de hábeas corpus y amparo constitucionales
- III.2.
- CONFIRMAR