Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2018-S3
Fecha: 12-Sep-2018
II.6.
II.6. El Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz, dictó la Resolución Constitucional 09/2018 de 16 de marzo, por la que concedió la tutela, disponiendo que la Directora Departamental de Régimen Penitenciario del indicado departamento, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Presidencial 3030, se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud de la peticionante de tutela (fs. 35 a 37).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de hábeas corpus y amparo constitucionales
- III.2.
- CONFIRMAR