SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2018-S1

Fecha: 17-Sep-2018

I.2.2. Informe del demandado

Mario Daniel Rollano Quiroga, Gerente General de la empresa “Multi Internacional” S.R.L., mediante informe que cursa a fs. 38 y vta., a través de su representante legal manifestó que, si bien el accionante acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba después de su despido, logrando que se expida la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/014/2018, que dispuso su reincorporación laboral; empero, en el memorial de demanda no se expone toda la verdad, dado que una vez interpuesto el recurso de revocatoria contra ese acto administrativo, el Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba expidió la RA 096/2018 de 21 de marzo; por la que, revocó totalmente la referida Conminatoria, sin afectar los derechos del accionante, declinó competencia a la judicatura laboral, debiendo la parte denunciante acudir a esa vía a objeto de hacer valer sus derechos.

Al respecto, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido que cuando la Conminatoria de reincorporación laboral es revocada, el Juez de garantías no puede bajo ningún criterio conceder la tutela; por cuanto, no existe el derecho a proteger, habiendo operado la “sustracción de materia”. En ese sentido se dictó la SCP 0436/2017-S2 de 2 de mayo. Por tanto, pide se deniegue la tutela solicitada por el accionante, sea con costas.