SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2018-S1

Fecha: 20-Sep-2018

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Ante las interrogantes del Tribunal de garantías, precisó que existe un memorial presentado por el denunciante, de retiro de denuncia, pero no de desistimiento del proceso, argumentando encontrarse pendiente de resolución la solicitud de devolución del referido dinero ante el Juez de la causa; sin embargo, el denunciante no mencionó que se le hubiera devuelto el dinero, así como tampoco ninguna de las partes manifestó que habría desistimiento, y dado que el proceso disciplinario debe sancionar el comportamiento de los sumariados, el actuado señalado no corta el procedimiento, debiendo continuar con el mismo hasta emitir resolución; dicho memorial fue considerado en la Resolución Final, donde se explicó por qué la autoridad sumariante, tiene la obligación de emitir decisión final. Por último, la Dirección del Notariado Plurinacional no tiene competencia para obligar a la devolución del dinero, esa es una decisión personal, ligado a la ética profesional.