SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2018-S2
Fecha: 25-Sep-2018
II.1.
II.1. Dentro del proceso ejecutivo interpuesto por FINDESA SAM contra Félix Roberto Jiménez Middagh y María del Rosario Sanguino Parada; Karl Stetter, Obispo de la Diócesis de San Ignacio de Velasco, presentó el 20 de junio de 2014, tercería de dominio excluyente, solicitando sea aprobada y se ordene el desembargo inmediato del bien y en el OTROSI Primero, señaló que a objeto de poder dar cumplimiento a lo señalado por el art. 360 del CPCabrg., pidió que se ordene que por secretaría se le faccione la orden para realizar el depósito judicial del 5% de la base de la subasta; y, mediante decreto de 23 de junio de 2014, emitido por la Jueza de Partido Civil y Comercial Tercera de la Capital de departamento de Santa Cruz, respecto al Otrosí 1.- se indicó “Como se solicita” (sic) (fs. 473 a 474 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- el Juez a quo, no exigió al tercerista el pago del 5% del valor de la subasta del inmueble objeto de la Litis
- señaló que a objeto de poder dar cumplimiento a lo señalado por el art. 360 del CPCabrg., pidió que se ordene que por secretaría se le faccione la orden para realizar el depósito judicial del 5% de la base de la subasta
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO